viernes, 11 de septiembre de 2015

Accesibilidad en hoteles

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 Los hoteles son establecimientos de hospedaje que facilitan nuestra estancia en los viajes de trabajo, viajes de ocio e incluso en las celebraciones de congresos, conferencias y otros eventos


Estos edificios deben distinguirse por su comodidad y atractivo para los turistas o viajeros por cualquier otro motivo. En sus dependencias se espera vivir con la misma calidad que en la vivienda propia o incluso mejor. Además, los hoteles ofrecen a sus huéspedes una serie de servicios adicionales a la habitación, como los de restaurante, tiendas, piscina, entretenimiento, cuidado personal, etc.

Las personas con discapacidad no tendrán garantizado su derecho al ocio y al turismo mientras no puedan encontrar hoteles accesibles en cualquiera de sus desplazamientos. En consecuencia, es necesario que el parque hotelero cuente con una serie de habitaciones accesibles que permitan a cualquier ciudadano poder utilizar los servicios de hospedaje y todos los demás que se presten en el interior de los establecimientos hoteleros.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral en los hoteles.

Accesos
  • Deberán contar con itinerarios accesibles desde paradas de transporte público, plazas de aparcamiento accesibles y áreas de desembarque de vehículos de los clientes del hotel.
  • El acceso principal al edificio carecerá de diferencia de nivel (máximo 2 cm), o en caso de que exista, deberá poder ser salvado por una rampa adecuada.
  • Si existen escaleras, deben ser como máximo de 7 peldaños, señalizadas visualmente, con pasamanos a ambos lados y pavimento diferenciado al inicio y al final.
  • Las puertas de acceso tendrán una anchura suficiente (más de 100 cm), con tiradores accesibles o de accionamiento mecánico, evitando puertas giratorias.
  • El mostrador de recepción deberá ser accesible, y contar con fax, DTS (teléfono de texto), bucle magnético que mejore la señal auditiva para usuarios de prótesis auditivas (audífono e implante coclear), y correo electrónico de acceso público. Deberá contar también conocimientos básicos de lengua de signos por parte de, al menos, una persona de la plantilla del hotel.
Recorridos interiores
  • Se deberá evitar la colocación de obstáculos en los pasillos; si no es posible, deberán estar empotrados en la pared o su parte saliente más baja se situará como mínimo a 2,20 m del suelo. Si esto no puede ser, se prolongará verticalmente desde la zona más saliente hasta el suelo o al menos hasta 25 cm de éste. Se deberán salvar los desniveles existentes mediante rampas, y utilizar códigos de colores y franjas guía para facilitar la orientación.
  • Se deberá dotar de pasamanos a lo largo de los pasillos de color contrastado y establecer zonas de descanso con mobiliario adecuado.
  • Se contará con pasamanos continuos y prolongados 45 cm en los extremos a ambos lados en escaleras y rampas interiores, con contraste cromático sobre el fondo y pavimento diferenciado y no deslizante.
  • Se dotará de un sistema de señalización apropiado, general en cada planta mediante paneles informativos y planos guía con identificación táctil, bien iluminada y con textos claros y comprensibles. Se deberá identificar las habitaciones con el número en braille y números grandes en relieve y con contraste cromático sobre el fondo donde se ubiquen. Esta señalización será uniforme en todo el hotel.
  • Se dispondrá de alarmas de emergencia acústicas y luminosas.
Habitaciones
  • Sería muy oportuno que las habitaciones accesibles estuviesen dotadas de camas regulables en altura e inclinación. Además, el armario, las mesitas, las sillas y las mesas deben disponer de dimensiones y estar fabricados con materiales adecuados.
  • Los sistemas de evacuación deberán contener explicaciones en formatos alternativos a la escritura y dibujo. Todo sistema de alarma de carácter auditivo deberá ser trasladado a sistemas visuales: luces de alarma en todas las habitaciones y en los pasillos, zonas comunes, restaurante, etc, para aquellos casos en los que sea necesaria la evacuación.
  • Todos los mecanismos de accionamiento y accesorios manipulables se colocarán a una altura no superior a 140 cm y no inferior a 40 cm.
  • Las habitaciones accesibles deberán disponer de aseo accesible.
  • La anchura mínima de puertas deberá ser de 90 cm, con espacio anterior y posterior que permita la maniobra y giro de una silla de ruedas. Los tiradores deberán ser de mecanismo de presión o palanca.
  • Las habitaciones deberán contar con sistema de alarma telefónica ante posibles caídas, tanto en el baño como en la habitación. Deberá contarse con fax o DTS en cada una de las habitaciones del hotel adaptadas a personas sordas, para comunicarse tanto de forma interna con el personal del hotel como de forma externa. (Es decir, las mismas funciones que tendría un teléfono convencional en una habitación estándar).
  • Los espacios libres de la habitación deberán tener un ancho mínimo de 1,20 m, y deberá haber una zona donde poder inscribir un círculo de 1,50 m, como máximo cada 10 m, libre de mobiliario y barrido de puertas.
  • Deberá disponerse de algunos despertadores con vibración o luminosos para aquellos usuarios que lo soliciten.
  • Los aparatos de televisión deberán estar provistos de teletexto para acceder a la programación subtitulada y con información sobre el hotel.
 http://www.comparadordeproductosdeortopedias.com/2015/09/11/accesibilidad-en-hoteles/

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